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La información de este portal de transparencia está revisada a 22 de junio de 2022.

 

NORMATIVA DE APLICACIÓN

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, prevé que las Corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, estén sujetas al régimen de publicidad activa y pasiva que en ella se establece. Al amparo de las competencias que el Estado de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía en la materia, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía con el objeto de profundizar en la transparencia de la actuación de los poderes públicos, entendida como uno de los instrumentos que permiten que la democracia sea más real y efectiva.

 

LEY DE TRANSPARENCIA

¿QUÉ REGULA LA LEY DE TRANSPARENCIA?

Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, regula, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la transparencia en su doble vertiente de publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública, como instrumento para facilitar el conocimiento por la ciudadanía de la actividad de los poderes públicos y de las entidades con financiación pública, promoviendo el ejercicio responsable de dicha actividad y el desarrollo de una conciencia ciudadana y democrática plena. En el ámbito concreto de las Corporaciones de Derecho público (Art. 3, apartado h), pretende garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y el control de la actuación pública por parte de la ciudadanía y de la sociedad en general y favorecer la participación ciudadana en la misma.

ENTIDADES OBLIGADAS

¿QUÉ ENTIDADES ESTÁN OBLIGADAS A PROPORCIONAR INFORMACIÓN?

Todas las Administraciones Públicas, entidades del sector público, órganos constitucionales (incluida la Casa de su Majestad el Rey) y sus equivalentes a nivel autonómico, así como Fundaciones del Sector Público, Asociaciones constituidas por Administraciones Públicas o Sociedades Mercantiles con participación pública mayoritaria, las Corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, están obligadas a cumplir la Ley de Transparencia. Es decir, deben publicar la información que la Ley menciona y, además, responder a las solicitudes de información que se presenten.

 

TRANSPARENCIA EN EL COLEF ANDALUCÍA

¿QUÉ ES EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL COLEF ANDALUCÍA?

Es la plataforma por la que podrá acceder a la información institucional, organizativa, económica, presupuestaria... relativa a los actos de gestión administrativa actualizada, de mayor relevancia del COLEF Andalucía, conforme a la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

 

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

¿ AQUIÉN VA DIRIGIDO EL PORTAL?

El portal está dirigido a las personas consumidoras, usuarias, alumnado, deportistas y/o profesionales licenciados en Educación Física o Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que deseen obtener información relativa al funcionamiento del COLEF Andalucía, normas estatutarias, Código Deontológico, información económica... O realizar trámites relacionados con el COLEF Andalucía.

INFORMACIÓN INSTITUCIONAL Y ORGANIZATIVA. REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO (RAT)
INFORMACIÓN ECONÓMICA
MEMORIAS ANUALES
INFO ECONÓMICA

INFORMACIÓN ECONÓMICA Y ESTADÍSTICA

En cumplimiento del Artículo 11 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y del Artículo 11 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y cumpliendo con el principio de transparencia en la gestión, se pone a disposición de las personas consumidoras, usuarias, alumnado, deportistas y colegiadas información económica, presupuestaria y estadística relevante del COLEF Andalucía.


 

 

 




 

MEMORIAS ANUALES

MEMORIAS ANUALES

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