El nuevo Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas contempla las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte para el acceso a militar de complemento. Ante las dudas suscitadas, el Consejo COLEF se puso en contacto con el Ministerio de Defensa.
Recientemente se publicó mediante real decreto el nuevo Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas (BOE-A-2021-7352) en el que, a diferencia del anterior, hace una mención a las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
En concreto, el Anexo I sobre las ‘Ramas de conocimiento y familias profesionales del sistema educativo general con las que se puede ingresar en los centros docentes militares de formación para cursar las enseñanzas para integrarse o adscribirse a los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas’, contempla sobre los Cuerpos específicos de los Ejércitos de las Escalas de oficiales lo siguiente:
«1.º Cuerpos Generales y de Infantería de Marina: Titulaciones universitarias oficiales inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) en la Rama de Ingeniería y Arquitectura, así como las inscritas en la Rama de Ciencias y en la Rama de Ciencias Sociales y Jurídicas. Para el acceso a militar de complemento, además de las anteriores, aquellas relacionadas con las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y del estudio de idiomas de interés en las Fuerzas Armadas».
Esto supone un cambio positivo hacia la previsión de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte dentro de las Fuerzas Armadas, aunque bien es cierto que ya se había contemplado el grado como titulación de acceso en determinadas convocatorias, pero ahora es el propio Reglamento el que lo especifica.
Para resolver las dudas suscitadas por esta novedad normativa, el Consejo COLEF realizó la pertinente consulta a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, a la cual contestaron con rapidez y diligencia desde la Jefatura del Área de Procesos de Selección de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM).
En primer lugar, ha de señalarse que cuando en próximas convocatorias se contemplen vacantes para personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (las cuales dependen de las necesidades anuales de los Ejércitos y Armada), serán en cualquier caso para militar de complemento. Ahora bien, el artículo 62 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar dice que «el Ministerio de Defensa impulsará y facilitará los procesos de promoción que permitan el cambio de escala y, en su caso, de cuerpo, de los militares profesionales que reúnan los requisitos exigidos». En este sentido, en la respuesta a la consulta realizada por el Consejo COLEF, el Coronel Jefe del Área de Procesos de Selección de la DIGEREM, señala que «se prevé que en futuras convocatorias se publiquen plazas de promoción interna para personal con la citada titulación que cumpla todos los requisitos exigibles, en particular, relativo a los tiempos de servicio».
Por otra parte, las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte se prevé que se integren en los centros de enseñanza como profesores adscritos a los departamentos de instrucción adiestramiento, en la rama de Educación Física.
En definitiva, esta mención reglamentaria es un paso más para que también las Fuerzas Armadas integren a profesionales expertos/as en rendimiento físico-deportivo, optimizando así la preparación física del personal militar, bajo criterios científico-técnicos.
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