Con la activación del Plan de la transición hacia la nueva normalidad, a inicios de mayo, la preocupación del Consejo COLEF sobre la afectación en el sector deportivo, así como en otros afines en los que prestan servicios las personas graduadas/licenciadas CAFyD, ha sido máxima.
Las Órdenes del 3 de mayo no dejaban claro si los servicios profesionales de graduados/licenciados CAFyD podrían retomarse en fase 0 en las condiciones indicadas en dichas normas. Por ello, se procedió a realizar una consulta al departamento responsable. Sin embargo, todavía no se ha recibido respuesta, a pesar de que la interpretación incorrecta que pudieran estar haciendo de la norma nuestros/as colegiados/as ha podido estar acarreando consecuencias negativas en su economía y riesgo de posibles sanciones.
Ahora, las nuevas Órdenes publicadas durante el fin de semana, que avanzan una nueva fase para determinadas unidades territoriales, plantean un nuevo contexto. En concreto, la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo y la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, detallan las siguientes cuestiones relacionadas con la actividad deportiva:
También debemos señalar que las franjas horarias para las salidas con menores, para pasear o para practicar actividad físico-deportiva al aire libre desde el lunes 11 de mayo pueden ser modificadas por las comunidades y ciudades autónomas, por lo que éstas podrían comenzar hasta dos horas antes y terminar hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de cada franja.
Todos estos cambios producidos que avanzan hacia una toma de decisiones relacionada con la evolución de la pandemia por unidades territoriales, hace que desde el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) se recomiende a todos sus Colegios Oficiales solicitar las pertinentes interpretaciones de las normas a sus correspondientes Direcciones Generales o Secretarías Generales de Deporte autonómicas, u otros órganos competentes, en relación con aquellos aspectos que necesiten aclaración en las diferentes fases de la desescalada.
Por todo ello, los graduados/licenciados CAFyD con dudas sobre la prestación de servicios profesionales deben dirigirse a sus respectivos COLEF autonómicos, siendo éstos quienes puedan ofrecer una respuesta adaptada a la situación territorial, a la posible normativa autonómica vinculada, a la interpretación de sus Consejerías, Direcciones Generales u otros organismos competentes o, incluso, a los acuerdos a los que haya llegado el Colegio con el Gobierno autonómico en relación con la prestación de servicios profesionales.
Además de lo anterior, en algunas CCAA, la Administración ha trabajado con el COLEF correspondiente para facilitar a las autoridades la identificación de los/as profesionales CAFyD, evitando así cualquier perjuicio por prestación de servicios indebida. En este sentido, los graduados/licenciados CAFyD pueden solicitar, en caso de ser necesario, un certificado colegial con el que justificar su ejercicio profesional.
En la web del Consejo COLEF nos ofrecen un resumen de todo el articulado, otro sobre las medidas de higiene obligatorias que se debe tener en cuenta para la apertura de los centros y la prestación de servicios profesionales, así como un listado de todas las normas publicadas y otros documentos de interés para la desescalada en el sector deportivo.
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