Cada vez son más los Educadores Físico Deportivos(1) que, en el libre ejercicio de la profesión, deciden iniciar una actividad profesional por cuenta propia siendo la prestación de servicios de entrenamiento y readaptación las más frecuentes. Optar por la independencia y la autonomía ofrece la libertad de convertirte en tu propio jefe, pero conlleva una serie de trámites y responsabilidades que deben abordarse cuidadosamente y que pueden parecer abrumadores.

En este artículo te damos las cinco claves que debes conocer para iniciar tu proyecto profesional como trabajador autónomo.
Obtener el Certificado Digital o Cl@ve PIN. Es muy útil para realizar trámites online. Se puede solicitar a través de la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o en una oficina de registro autorizada (Autoridades de Certificación reconocidas).
Darse de alta en Hacienda. Darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (Modelo 036 o 037).
El modelo 036 es el documento que informa a la Agencia Tributaria sobre los datos censales de una empresa, ya sea una persona física (autónomo) o jurídica (sociedad). Sirve para solicitar la asignación del NIF (número de identificación fiscal).
El modelo 037 es el modelo simplificado que no es válido para todos los casos, pero que pueden utilizar la mayoría de los autónomos y pequeñas empresas.
Se presenta en la Agencia Tributaria y debes indicar la actividad económica a desarrollar (IAE), el régimen de IVA y el de IRPF.
En lo que respecta al Impuesto de Actividades Económicas (IAE), las educadoras y los educadores físico deportivos que vayan a desarrollar su actividad como profesionales en el ámbito de la preparación física, la readaptación físico-deportiva, el entrenamiento personal o el ejercicio físico orientado a la salud, entre otros, han de adscribirse al grupo 826. Para otras actividades corresponderían otros epígrafes.
Darse de alta en la Seguridad Social. Inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Debes hacerlo en un plazo máximo de 60 días previos al inicio de la actividad, aunque generalmente se hace el mismo día que el alta en Hacienda. Se realiza a través del Sistema RED o presencialmente en una oficina de la Seguridad Social. Y necesitarás tu número de afiliación a la Seguridad Social y completar el formulario TA0521.
Otros trámites necesarios.
En caso de que se vaya a constituir una sociedad (por ejemplo, una SL) será necesaria la inscripción en el Registro Mercantil.
Y dependiendo de la actividad y ubicación, puede ser necesario solicitar licencias de apertura, actividad, u otros permisos en el ayuntamiento correspondiente.
Obligaciones posteriores al alta
Dependiendo del tipo de actividad y régimen fiscal, deberás llevar una contabilidad ordenada y conservar los justificantes de ingresos y gastos.
Además, deberás presentar las declaraciones tributarias:
IVA: Trimestralmente (modelo 303) y resumen anual (modelo 390).
IRPF: Pagos fraccionados trimestrales (modelo 130 o 131) y declaración de la renta anual.
Retenciones: Si tienes trabajadores o pagas alquileres, deberás presentar las correspondientes declaraciones de retenciones (modelos 111 y 115).
Resumen de trámites
Obtener el Certificado Digital o Cl@ve PIN.
Darse de alta en Hacienda (Modelo 036 o 037).
Darse de alta en la Seguridad Social (RETA).
Obtener licencias y permisos municipales (si procede).
Llevar la contabilidad y cumplir con las obligaciones fiscales posteriores.
Recuerda que los colegiados/as de COLEF Andalucía, Ceuta y Melilla tienen a su disposición los servicios de asesoría jurídica del colegio.
(1) Denominación aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Consejo COLEF) a fecha 17 de noviembre de 2018, tramitada ante el Ministerio de adscripción y, pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros.
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